DECLARACIÓN
DE PRINCIPIOS SOCIEDAD PANAMEÑA DE SALUD PÚBLICA
La
Sociedad Panameña de Salud Pública se compromete a orientarse y aplicar en todo
momento y en toda actividad los siguientes principios:
1. La Salud es un Derecho
humano, el Estado es responsable y garante de la promoción, protección y ejercicio
del derecho a la salud.
2.
La Salud es un bien público, es un insumo y producto del desarrollo,
su producción es una obligación del individuo, la comunidad y el Estado, en
este contexto, las Funciones
Esenciales de la Salud
pública son inalienables del Estado y de la sociedad en su conjunto y su
ejecución debe ser garantizada por el Estado.
3.
La Participación Social en
todas las etapas de la producción social
de la salud es un derecho y un deber, por ello la información en salud y la gestión
deben ser transparentes propiciando en
todo momento, el empoderamiento y la participación de la Población.
4. Integralidad: La
Salud es un producto multicausal por ello su abordaje debe ser integral y transdisciplinario,
integrando lo promocional, preventivo, curativo y rehabilitador, tanto en las
esferas biológica, social y sicológica
y en los escenarios ambiental, comunitario, laboral, familiar e individual.
5.
Acceso Universal con equidad: Es la condición
en que todos los habitantes de Panamá y
del mundo, tienen acceso Integral, continuo, de calidad, garantizado en un
marco de equidad, durante todas las
etapas de su vida, al conjunto de
atenciones y productos del sistema y
red de servicios, sin importar su
capacidad económica, estado de salud, genero, sexo, edad,
nacionalidad, orientación política, etnia, lugar de residencia, es decir sin ninguna discriminación y en condiciones de respeto
a su diversidad cultural. La equidad en salud ocurre cuando ninguna
persona es afectada en su capacidad de alcanzar el máximo potencial de salud.
6. Solidaridad: El Financiamiento de la salud
debe ser solidario, basado en
la equidad y el derecho Humano, en donde todos contribuyan
según sus posibilidades, siendo que el Estado debe organizar y modular dicho
financiamiento.
7.
Calidad: Es la provisión de servicios
individuales y colectivos orientados hacia las necesidades del usuario, accesibles,
equitativas, eficaces, seguras, basada en la evidencia y eficientes, con el máximo nivel técnico
disponible, que logra la adhesión y satisfacción del usuario
8. La Conducta Ética: Que en todo
momento las acciones en salud (tanto en la práctica, las políticas, las intervenciones,
la tecnología y la investigación), se realicen de modo humano, en defensa de la vida y la salud
de la población, de manera consciente y libre, buscando el bien común e
individual.
9. El desarrollo del capital humano en salud: En todo momento, la SPSP, defenderá la
formación y el desarrollo de los Recursos
humanos en salud y en especial de
los salubristas.
10.
La creación, uso del conocimiento y
la tecnología: Promover
La investigación, la evaluación, la
diseminación y aplicación de las buenas
prácticas y uso de las tecnologías más seguras, eficaces, efectivas y
actualizadas.
Rc/cc/14.6.12
Presentado al Foro de Salud Pública realizado
en Panamá el 26 de junio de 2012.
ALGUNOS ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD PANAMEÑA DE SALUD PUBLICA
En el siguiente enlace veremos algunos antecedentes de la Sociedad en la penultima toma de posesion de la Junta Directiva del 2008 al 2012.
http://sociedadpanamenadesaludpublica.blogspot.com
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